El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el triunfo de Margarita González Saravia Calderón como gobernadora del estado de Morelos, y el de Adrián de la Garza Santos, en el municipio de Monterrey, Nuevo León.
En el caso de De la Garza, la Sala Superior del TEPJF desechó, por unanimidad, las quejas de Movimiento Ciudadano.
“La Sala Superior desecha de plano las demandas presentadas por Movimiento Ciudadano, Morena y Mariana Rodríguez Cantú para controvertir la sentencia dictada por la Sala Monterrey en el juicio de revisión constitucional electoral SM-JRC-352/2024, toda vez que no cumplen con el requisito especial de procedencia”, dice la resolución.
El proyecto de sentencia, presentado por la magistrada Janine Otálora, le dio la razón al abanderado de la coalición PRI-PAN-PRD al considerar que no se acreditó el rebase al tope de gastos de campaña atribuido al ganador. Tampoco se acreditó la causal de nulidad de elección por comisión de violencia política en razón de género, presuntamente ejercida contra Rodríguez Cantú, excandidata de Movimiento Ciudadano, Mariana Rodríguez Cantú.
“El tribunal estatal realizó una adecuada valoración de los medios de prueba ofrecidos para comprobar la presunta intervención de elementos de la fiscalía General del estado de Nuevo León antes, durante y después de la jornada electoral”, indica el proyecto de sentencia.
Mientras que en el caso de la gubernatura de Morelos, el TEPJF confirmó el triunfo de González Saravia Calderón, luego de desechar las quejas interpuestas por el PRI, PAN, PRD y la excandidata Lucy Mesa.
La magistrada Otálora destacó que la morenista fue declarada ganadora por más de 17 puntos porcentuales, se presentaron 17 quejas y el Tribunal local desestimó las acusaciones por rebase de topes de campaña, y sólo admitió la anulación por irregularidades de 26 casillas que no cambiaron los resultados.
Por lo tanto, se declaró la improcedencia de la solicitud de nulidad de la elección de la oposición.
Además, la Sala Superior también ordenó a la Sala Especializada revisar si se debe sancionar a la revista que vinculó a la entonces candidata de Sigamos Haciendo Historia, Claudia Sheinbaum, con elementos de la cultura nazi. La magistrada Mónica Soto consideró que pudiera tratarse de un discurso discriminatorio y de odio, que “excede la libertad de expresión y la libertad de prensa”.